¿Hubo alineación indebida del Tenisca?
Esta semana puede ser clave para la SD Tenisca dependiendo del fallo del Cómité de competición de la RFEF en la reclamación presentada por el Club Atlético Victoria por una presunta alineación indebida del conjunto merengue en el choque que midió a ambos equipos el pasado domingo en campo victoriero.
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Pero ¿en qué se fundamenta el conjunto tinerfeño para presentar esta reclamación? Muy sencillo: el conjunto de La Victoría de Acentejo ha expuesto que la entidad tenisquista no mantuvo durante los noventa minutos las siete fichas pertinentes que marca el reglamento. El conjunto tinerfeño se ampara en el artículo 223 del Reglamento General de La Real Federación Española de Fútbol, que dice lo siguiente:
“Una vez iniciado el partido, los equipos deberán estar integrados durante todo el desarrollo del mismo por siete futbolistas, al menos, de los que conforman la plantilla de la categoría en que militan. El hecho de que por cualquier causa, incluida la expulsión de un futbolista o la sustitución por lesión, el equipo quedase integrado por menos de siete futbolistas de los que se refiere el párrafo anterior, será considerado como infracción de alineación indebida”.
Si la resolución del Cómité de Competición, tras solicitar el debido trámite a ambas entidades para aportar la documentación que consideren oportuna, es favorable al conjunto victoriero, sería un palo muy duro para la SD Tenisca, que vería como se le restarían 4 puntos de su casillero, el conseguido en el campo y tres por incumplimiento de la reglamentación, cayendo así en la parte baja de la clasificación.
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Pero ¿en qué se fundamenta el conjunto tinerfeño para presentar esta reclamación? Muy sencillo: el conjunto de La Victoría de Acentejo ha expuesto que la entidad tenisquista no mantuvo durante los noventa minutos las siete fichas pertinentes que marca el reglamento. El conjunto tinerfeño se ampara en el artículo 223 del Reglamento General de La Real Federación Española de Fútbol, que dice lo siguiente:
“Una vez iniciado el partido, los equipos deberán estar integrados durante todo el desarrollo del mismo por siete futbolistas, al menos, de los que conforman la plantilla de la categoría en que militan. El hecho de que por cualquier causa, incluida la expulsión de un futbolista o la sustitución por lesión, el equipo quedase integrado por menos de siete futbolistas de los que se refiere el párrafo anterior, será considerado como infracción de alineación indebida”.
Si la resolución del Cómité de Competición, tras solicitar el debido trámite a ambas entidades para aportar la documentación que consideren oportuna, es favorable al conjunto victoriero, sería un palo muy duro para la SD Tenisca, que vería como se le restarían 4 puntos de su casillero, el conseguido en el campo y tres por incumplimiento de la reglamentación, cayendo así en la parte baja de la clasificación.
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